Acuerdo sobre partición y adjudicación de herencias con entrega de prelegado
Se alcanza un acuerdo entre varios hermanos sobre la herencia de sus padres. Tanto el padre como la madre en sus respectivos testamentos prelegan a un hijo un inmueble y en el remanente de sus bienes instituyen herederos por partes iguales a todos sus hijos.
Los padres habían donado en vida bienes a sus hijos no siendo las donaciones colacionables.
Dada la existencia de bastantes fincas y para evitar adjudicar bienes en proindiviso a los herederos se decide hacer lotes de algunos bienes y se sortean entre los hijos.
Los hijos otorgan escritura de aceptación y adjudicación de herencias, en la que liquidan la sociedad de gananciales formada por los cónyuges causantes y se adjudican los bienes de sus padres conforme lo acordado, con entrega de prelegado al hijo correspondiente.
Posteriormente, se inscriben en el Registro de la Propiedad los bienes conforme a las adjudicaciones efectuadas.