Se condena al demandado a cerrar huecos y ventanas en procedimiento judicial sobre servidumbre de luces y vistas
El cliente acudió a Castaño Abogados porque un vecino suyo, propietario de un solar colindante con su finca, derribó la construcción existente en el mismo y levantó un edificio abriendo varias ventanas o huecos con luces y vistas a la finca del cliente.
Dichas ventanas no existían en la construcción anterior y se abrieron precisamente en los muros o paredes que lindan con la finca del cliente por lo que perturbaban el goce pacífico de su propiedad.
Por ello, se interpuso demanda de juicio ordinario ejercitando acción negatoria de servidumbre de luces y vistas y, tras practicarse las pruebas pertinentes y demás trámites, el Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia estimando íntegramente nuestra demanda, declarando que la demandada carecía de derecho para abrir huecos en los muros o paredes que lindan con la finca del cliente y condenando a la misma a cerrar los huecos y ventanas abiertos.
Ganamos el asunto con condena en costas a la demandada y se cerraron los citados huecos y ventanas abiertos por la demandada, dejando ésta de realizar actos de perturbación sobre la finca del cliente.